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TÉRMINOS Y CONDICIONES DE VENTA EN LÍNEA

ACONDICIONADORES DE VOLTAJE MARCA VOGAR – DIEMSAS.COM

Versión: 15 de julio de 2026

Vendedor

Diseño e Instalaciones Eléctricas y Metálicas, S.A. de C.V. (DIEM)

Domicilio fiscal

Blvd. Campestre núm. 2502, Torre San Mateo I, Piso 7, Oficina 1, Col. El Refugio Campestre, León, Guanajuato, C.P. 37156.

Aplicación

Cotizaciones para acondicionadores electrónicos de voltaje marca Vogar.

Documento integrante

Estos términos forman parte integrante de la cotización, partidas, notas, fichas técnicas, diagramas y anexos correspondientes.

 

Los presentes términos y condiciones forman parte integrante de la cotización emitida por Diseño e Instalaciones Eléctricas y Metálicas, S.A. de C.V., en lo sucesivo “DIEM”, para el suministro de los acondicionadores electrónicos de voltaje marca Vogar descritos en la cotización correspondiente.

Para efectos de este documento, se entenderá por “Acondicionadores” los equipos marca Vogar expresamente descritos en la cotización, incluyendo modelos monofásicos, bifásicos, trifásicos, de tensiones estándar o especiales, con panel convencional o LCD, selectores y accesorios expresamente incluidos.

Estos términos se aplicarán exclusivamente a los Acondicionadores, accesorios, documentación técnica y servicios expresamente incluidos en la cotización.

1. ALCANCE DE LA COTIZACIÓN

1.1. La cotización comprende exclusivamente los Acondicionadores, cantidades, modelos, capacidades, tensiones, configuraciones y, en su caso, accesorios o servicios expresamente descritos en sus partidas, notas, fichas técnicas y anexos.

1.2. Cualquier equipo, accesorio, maniobra, servicio, instalación, modificación, protección, conductor, canalización, prueba especial, estudio, trámite o trabajo no incluido expresamente se considerará fuera del alcance y deberá cotizarse y autorizarse por separado.

1.3. Las imágenes, fotografías, diagramas, renders, fichas comerciales, catálogos y materiales gráficos son ilustrativos. Las características definitivas serán las establecidas en la cotización, ficha técnica aplicable, confirmación escrita, placa de datos y documentación del equipo suministrado.

1.4. En caso de discrepancia, prevalecerá la condición particular expresamente indicada en la cotización sobre estos términos generales.

1.5. La cotización no constituye reserva de producción, componentes, inventario o precio mientras no haya sido aceptada, pagada conforme corresponda y confirmada técnicamente por DIEM.

1.6. DIEM comercializa los Acondicionadores. La fabricación, características originales y garantía comercial corresponden a Vogar, sin perjuicio de las obligaciones legales de DIEM como vendedor.

1.7. La venta del Acondicionador no implica que DIEM haya diseñado, revisado o aprobado la instalación eléctrica completa del comprador, salvo contratación expresa de dichos servicios.

2. ACEPTACIÓN DE LA COTIZACIÓN

2.1. La cotización y estos términos se considerarán aceptados mediante firma autógrafa o electrónica, orden de compra, confirmación escrita, pago total o parcial, aprobación de fichas o especificaciones, instrucción de iniciar fabricación o cualquier acto inequívoco de continuar con la operación.

2.2. La persona que acepte declara contar con facultades suficientes para obligar al comprador identificado.

2.3. La aceptación comprende modelo, capacidad, tensión, número de fases, conexión, precio, impuestos, pago, plazo, envío, exclusiones, garantía, anexos y estos términos.

2.4. La orden de compra del comprador no modificará automáticamente la cotización. Las condiciones adicionales o contradictorias sólo serán aplicables cuando DIEM las acepte expresamente y por escrito.

2.5. Los mensajes de datos, correos electrónicos, órdenes digitales, comprobantes de pago y aprobaciones técnicas electrónicas serán válidos para documentar la operación.

2.6. Cualquier modificación posterior estará sujeta a viabilidad técnica, aceptación de Vogar, ajuste de precio, nuevo plazo y cargos generados.

3. INFORMACIÓN Y SELECCIÓN TÉCNICA DEL ACONDICIONADOR

3.1. La selección del Acondicionador dependerá, entre otros elementos, de la tensión nominal completa, número de fases, neutro, frecuencia, capacidad en kVA, corriente por fase, tipo y comportamiento de la carga, corrientes de arranque, desbalance, armónicos, temperatura, ventilación y condiciones del sitio.

3.2. El comprador deberá proporcionar información completa, correcta y suficiente, incluyendo cuando corresponda: recibos o mediciones de tensión, cuadros de carga, diagramas unifilares, corriente máxima y por fase, potencia instalada, motores, variadores, equipos electrónicos, cargas críticas, fotografías, ubicación y condiciones ambientales.

3.3. No será suficiente indicar únicamente “220 V”, “440 V” o “480 V”. Deberá confirmarse la relación completa, por ejemplo 127/220 V, 220/380 V, 230/400 V, 254/440 V, 265/460 V o 277/480 V, así como fases, neutro y tierra física.

3.4. Cuando el comprador seleccione directamente un modelo, capacidad o tensión, será responsable de verificar su compatibilidad con la instalación y las cargas.

3.5. Las sugerencias de DIEM se basarán exclusivamente en la información proporcionada y tendrán carácter orientativo y comercial. No constituyen por sí mismas proyecto eléctrico, estudio de calidad de energía, memoria de cálculo, coordinación de protecciones ni validación integral de la instalación.

3.6. DIEM sólo asumirá responsabilidad por diseño, cálculo o selección integral cuando el servicio haya sido contratado expresamente.

3.7. El comprador deberá informar antes de aceptar cuando existan motores, compresores, refrigeración, elevadores, soldadoras, hornos, variadores, UPS, rectificadores, cargas no lineales, procesos críticos, generación propia o cualquier carga con corriente de arranque o comportamiento especial.

3.8. La selección deberá considerar la corriente real por fase y el desbalance. La capacidad de sobrecarga temporal indicada por Vogar no autoriza dimensionar el equipo por debajo de la carga continua ni de los picos previsibles.

3.9. DIEM no será responsable por capacidad insuficiente, incompatibilidad o costos derivados de información incorrecta, incompleta, desactualizada u omitida por el comprador, salvo error directamente atribuible a un servicio técnico contratado.

4. CARACTERÍSTICAS Y LIMITACIONES TÉCNICAS

4.1. Salvo especificación distinta en la ficha aplicable, los Acondicionadores operan con corriente alterna senoidal, frecuencia de 50/60 Hz ±2 %, rango de entrada de aproximadamente ±15 % de la tensión nominal, regulación de salida de aproximadamente ±3 % y tiempo de respuesta aproximado de 0.5 ciclos.

4.2. La desconexión automática por alto o bajo voltaje opera aproximadamente al ±20 % de la tensión nominal. La desconexión o permanencia fuera de servicio cuando la red se encuentre fuera del rango no constituye por sí sola una falla.

4.3. El Acondicionador regula variaciones de tensión dentro de su rango de diseño. No es un transformador de cambio de tensión, no crea fases, no convierte un sistema monofásico en bifásico o trifásico y no modifica por sí solo la relación eléctrica de la instalación.

4.4. El Acondicionador no sustituye protecciones contra sobrecorriente o cortocircuito, sistema de puesta a tierra, supresores externos requeridos, pararrayos, coordinación de protecciones, UPS, planta de emergencia, filtro activo, banco de capacitores ni corrección integral de calidad de energía.

4.5. La indicación de distorsión armónica menor al 1 % THD corresponde a la distorsión agregada por el equipo bajo condiciones de prueba; no significa que el Acondicionador elimine los armónicos existentes en la red o producidos por las cargas.

4.6. El filtro de ruido y el sistema de supresión de picos son funciones internas del equipo, pero no garantizan inmunidad absoluta frente a descargas atmosféricas, transitorios severos, fallas de red, neutro abierto, cortocircuitos o eventos fuera de especificación.

4.7. Los gabinetes estándar son NEMA 1 y se destinan a instalación interior, seca, ventilada y protegida. No deberán exponerse a lluvia, intemperie, condensación, humedad, polvo excesivo, salinidad, agentes corrosivos, vapores inflamables, vibración severa o impactos.

4.8. La temperatura de operación indicada por el fabricante es de 0 a 50 °C. El comprador deberá prever ventilación suficiente y disipación térmica, particularmente en cuartos cerrados o con otras fuentes de calor.

4.9. Los modelos LCD muestran datos operativos como tensión de entrada y salida, corriente, potencia y temperatura por fase. Estas lecturas son informativas y no sustituyen instrumentos calibrados, analizadores de redes, estudios ni dictámenes.

4.10. Las ruedas mostradas en ciertos gabinetes facilitan su posicionamiento, pero no convierten al equipo en portátil ni eliminan la necesidad de ubicarlo, protegerlo y, cuando corresponda, fijarlo de forma segura.

5. CUMPLIMIENTO NORMATIVO Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

5.1. Los Acondicionadores cumplirán exclusivamente con las características, normas, pruebas y documentación expresamente indicadas en la cotización, ficha técnica, placa o certificado particular.

5.2. Las fichas de Vogar hacen referencia a NOM-001-SCFI y NOM-003-SCFI, así como compatibilidad con normas UL y CSA. La edición y alcance aplicables serán los señalados por el fabricante en la documentación del equipo suministrado.

5.3. La referencia a normas del producto no sustituye el cumplimiento de la normativa aplicable a la instalación eléctrica, seguridad del sitio, protecciones, conductores, canalizaciones, puesta a tierra y obligaciones del propietario o responsable técnico.

5.4. DIEM podrá proporcionar ficha técnica, diagrama de conexiones, manual, certificado de garantía o documentación disponible cuando forme parte del suministro.

5.5. Cualquier certificado, prueba especial, inspección, dictamen, documento original, requisito de autoridad o documentación adicional deberá solicitarse antes de aceptar y estará sujeto a disponibilidad, costo y ajuste de plazo.

6. PRECIOS, IMPUESTOS, VIGENCIA Y FACTURACIÓN

6.1. Los precios estarán expresados en pesos mexicanos, salvo indicación expresa de moneda distinta.

6.2. La vigencia de la cotización será de diez días naturales contados a partir de su fecha de emisión, salvo plazo particular expresamente indicado.

6.3. Vencida la vigencia, precios, descuentos, disponibilidad, costos de envío y plazos deberán confirmarse nuevamente por escrito.

6.4. La aceptación dentro de la vigencia no reservará producción ni conservará el precio si el pago correspondiente no se recibe y acredita dentro de dicho periodo, salvo autorización expresa de DIEM.

6.5. Salvo indicación contraria, los precios no incluirán IVA. El impuesto se desglosará en la cotización y CFDI.

6.6. Los precios comprenderán exclusivamente los equipos, accesorios y servicios descritos. No incluirán instalación, maniobras, adecuaciones, protecciones, conductores, canalizaciones, obra civil, pruebas en sitio, viáticos o servicios no expresamente indicados.

6.7. El comprador deberá proporcionar oportunamente RFC, razón social, régimen fiscal, código postal fiscal, uso del CFDI, correo, constancia de situación fiscal y demás datos necesarios.

6.8. El comprador será responsable de verificar sus datos fiscales. Correcciones o sustituciones estarán sujetas a la legislación y plazos vigentes.

6.9. El comprador no podrá efectuar retenciones, descuentos, compensaciones, penalizaciones o notas de cargo unilaterales, salvo fundamento legal o autorización escrita de DIEM.

7. CONDICIONES DE PAGO

7.1. Cuando el valor total de los Acondicionadores sea menor a $50,000.00 MXN antes de IVA, el pago será de 100 % de contado.

7.2. Cuando el valor total sea igual o mayor a $50,000.00 MXN antes de IVA, el pago será 50 % de anticipo para confirmar e iniciar el pedido y 50 % restante antes del embarque o liberación.

7.3. Cuando la entrega sea inmediata o el plazo sea de una semana o menor, el pago será 100 % anticipado, salvo condición distinta autorizada por escrito.

7.4. Los servicios adicionales, viáticos, maniobras, arranque o trabajos en sitio deberán pagarse conforme a la cotización particular y, salvo indicación distinta, antes de su ejecución.

7.5. Los pagos se considerarán recibidos cuando los recursos estén efectivamente acreditados y disponibles. El comprobante de transferencia no constituye confirmación definitiva.

7.6. No se liberará ni embarcará equipo con saldo pendiente, información técnica sin confirmar o datos de entrega incompletos.

7.7. La falta de recursos, autorizaciones internas, preparación del sitio o capacidad para recibir no suspenderá las obligaciones de pago.

8. FABRICACIÓN Y PLAZO DE ENTREGA

8.1. Los plazos son estimados y comenzarán cuando DIEM haya recibido y confirmado el pago correspondiente, el comprador haya confirmado todas las especificaciones técnicas y se cuente con datos completos de facturación y entrega.

8.2. Como referencia comercial: a) monofásicos, de 2 a 3 semanas; b) bifásicos, de 2 a 3 semanas; c) trifásicos de línea, de 3 a 4 semanas; d) selectores, aproximadamente 3 semanas; y e) equipos de tensión especial, de 4 a 5 semanas.

8.3. La condición particular indicada en la partida de la cotización prevalecerá sobre cualquier plazo general.

8.4. Cuando existan datos, aclaraciones, documentos o autorizaciones pendientes, el plazo no comenzará o quedará suspendido.

8.5. Los cambios solicitados después de la aceptación podrán ampliar el plazo, modificar el precio, requerir nueva fabricación o resultar imposibles.

8.6. Salvo indicación expresa, el plazo de fabricación no incluirá el tiempo de tránsito de Paquete Express.

8.7. Los plazos podrán variar por disponibilidad de componentes, carga de producción, pruebas, retrasos de proveedores, suspensión del fabricante, causas de transporte, caso fortuito o fuerza mayor.

8.8. Salvo convenio expreso, los plazos no se considerarán fechas fatales ni generarán automáticamente penalizaciones, descuentos, retenciones o indemnizaciones.

9. ENVÍO Y CONDICIONES DE ENTREGA

9.1. Salvo condición distinta, el precio incluirá envío mediante Paquete Express al domicilio indicado cuando exista cobertura directa y el equipo sea aceptado por la paquetería conforme a peso, dimensiones, ruta y condiciones operativas.

9.2. Cuando no exista cobertura a domicilio, el equipo será enviado sin costo adicional a la sucursal de Paquete Express más cercana al destino, y el comprador deberá realizar su recolección.

9.3. El envío incluido comprende únicamente el traslado ordinario. No incluye descarga, grúa, montacargas, maniobra interior, arrastre, posicionamiento, instalación, horario garantizado, entrega en día específico, reexpedición, almacenaje, seguro especial o servicio urgente.

9.4. Los equipos que por peso, dimensiones o restricciones no puedan enviarse por paquetería ordinaria podrán requerir flete dedicado o especializado. Cualquier costo adicional deberá ser autorizado por el comprador.

9.5. El comprador deberá proporcionar datos completos del destinatario, domicilio, código postal, teléfono, correo, referencias y persona autorizada.

9.6. Errores u omisiones en los datos podrán generar retrasos, retorno, reexpedición, almacenaje y costos a cargo del comprador.

9.7. DIEM podrá proporcionar guía o información de seguimiento, sin asumir control sobre rutas, tiempos, almacenes o procesos internos de la transportista.

9.8. Cuando el equipo se envíe a sucursal, el comprador deberá retirarlo dentro del plazo señalado por Paquete Express y cubrir cargos derivados de falta de retiro oportuno.

9.9. La descarga y maniobra serán responsabilidad del comprador, salvo inclusión expresa. Para equipos pesados deberá prever personal, montacargas, grúa, patines, acceso, superficie y capacidad adecuados.

10. RECEPCIÓN E INSPECCIÓN

10.1. El comprador o persona autorizada deberá inspeccionar el equipo antes de firmar la recepción, guía o documento equivalente.

10.2. Deberá verificar número de bultos, embalaje, golpes, perforaciones, deformaciones, humedad, gabinete, ruedas, panel, accesorios, modelo, placa y cualquier indicio de caída o impacto.

10.3. Cuando existan daños visibles o faltantes, deberá anotarlos en la guía, tomar fotografías y video, conservar empaque y etiquetas, informar inmediatamente a DIEM y abstenerse de instalar o energizar.

10.4. La firma sin observaciones podrá utilizarse como evidencia de recepción completa y sin daños exteriores aparentes.

10.5. Después de recibir, el comprador deberá verificar modelo, capacidad, tensión, fases, frecuencia, conexión y correspondencia con la cotización antes de perforar, conectar, modificar o energizar.

10.6. Los daños ocultos deberán reportarse por escrito tan pronto como se descubran, incluyendo evidencia, número de serie, guía y descripción de manejo, almacenamiento e instalación.

10.7. Un equipo con golpes, deformación, humedad, piezas sueltas, olor anormal o dudas de conexión no deberá energizarse hasta su revisión.

11. ALMACENAJE, RETRASO Y REEXPEDICIÓN

11.1. Cuando el equipo se encuentre terminado y disponible, DIEM notificará al comprador el saldo, modalidad de entrega e información pendiente.

11.2. El comprador deberá liquidar y autorizar el embarque dentro de los dos días hábiles siguientes a la notificación.

11.3. A partir del tercer día hábil podrán generarse cargos de almacenaje cuando el retraso sea imputable al comprador.

11.4. El cargo será de $750.00 MXN más IVA por cada día hábil, salvo tarifa distinta indicada por escrito.

11.5. El almacenaje será independiente de maniobras, retorno, reexpedición, reembalaje, seguro, custodia, cambio de unidad o segundo envío.

11.6. Cuando transcurran más de diez días hábiles sin liquidación, autorización o recepción, DIEM podrá suspender el embarque, cancelar la asignación física, vender o reasignar el equipo, cobrar cargos y reprogramar la fabricación de otro equipo conforme al plazo vigente.

11.7. La venta o reasignación no implicará cancelación automática del pedido ni devolución del anticipo, ni eliminará cargos generados.

11.8. La reexpedición se realizará después de cubrir saldos y cargos, confirmar destino y aceptar nueva programación.

12. INSTALACIÓN, CONEXIÓN Y CONDICIONES DEL SITIO

12.1. Salvo inclusión expresa, el suministro no incluye instalación, conexión, protecciones, conductores, canalizaciones, tablero, interruptores, sistema de tierras, obra civil, adecuaciones, pruebas en sitio ni energización.

12.2. La instalación deberá realizarla personal técnicamente competente conforme a la placa, ficha técnica, instrucciones del fabricante, proyecto eléctrico y disposiciones aplicables.

12.3. Antes de instalar deberán verificarse tensión, fases, neutro, tierra física, frecuencia, capacidad, corriente, conductores, terminales, protecciones, torque, ventilación, acceso y estado físico.

12.4. Los sistemas trifásicos Vogar requieren tres fases, neutro y tierra física; los bifásicos, dos fases, neutro y tierra; y los monofásicos, la configuración indicada en la ficha. No deberá improvisarse una conexión distinta.

12.5. La ausencia, interrupción o deficiencia del neutro o de la tierra física puede provocar operación incorrecta, daños o pérdida de garantía.

12.6. El calibre recomendado en las fichas es una referencia bajo condiciones específicas. El proyectista o instalador deberá dimensionar conductores y protecciones conforme a corriente, temperatura, agrupamiento, material, terminales, caída de tensión y normativa aplicable.

12.7. Cuando los conductores, zapatas o número de cables por fase excedan la capacidad física de la tablilla, serán necesarias adaptaciones, barras, gabinetes auxiliares o soluciones externas, no incluidas salvo mención expresa.

12.8. El equipo deberá instalarse sobre superficie firme, nivelada, con separaciones y ventilación adecuadas, protegido contra impactos y con acceso para inspección y mantenimiento.

12.9. DIEM no será responsable por daños derivados de instalación incorrecta, conexiones flojas, torque inadecuado, protecciones insuficientes, sobrecarga, cortocircuito, neutro abierto, tierra deficiente, ventilación insuficiente, humedad, polvo, ambiente corrosivo, modificaciones o intervención de terceros.

13. ARRANQUE, AJUSTE Y PUESTA EN OPERACIÓN

13.1. Salvo indicación distinta, la cotización podrá incluir arranque y ajuste por técnico certificado Vogar o por un eléctrico especialista, conforme a las condiciones particulares.

13.2. El arranque y ajuste no equivale a instalación, corrección de la instalación, suministro de materiales, estudio de calidad de energía, coordinación de protecciones ni validación integral del proyecto.

13.3. Para solicitar el arranque, la instalación deberá estar terminada, segura, accesible y lista, con protecciones, conductores, neutro, tierra, tensión y secuencia verificadas.

13.4. Cuando el arranque se realice fuera de las ciudades o zonas cubiertas sin viáticos, el comprador deberá cubrir traslado, casetas, hospedaje, alimentos y demás gastos indicados.

13.5. Si el técnico no puede iniciar o concluir por causas del comprador, instalación incompleta, tensión incorrecta, falta de energía, acceso, permisos o condiciones inseguras, podrán cobrarse visita improductiva, espera, viáticos y reprogramación.

13.6. La energización deberá suspenderse si la placa no coincide, el equipo está dañado, faltan protecciones, existe neutro deficiente, la tensión está fuera de rango o hay una condición insegura.

14. OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CALIDAD DE ENERGÍA

14.1. El comprador deberá operar el Acondicionador dentro de su capacidad, tensión, frecuencia, temperatura y condiciones ambientales nominales.

14.2. No deberá sobrepasarse la capacidad indicada. La tolerancia temporal de sobrecarga no constituye capacidad continua adicional.

14.3. El comprador deberá efectuar inspecciones y mantenimiento preventivo, incluyendo limpieza, ventilación, revisión de conexiones, torque, calentamientos, ruidos, alarmas y estado de protecciones.

14.4. Cualquier incremento de carga, modificación de tableros, incorporación de motores, variadores, UPS, soldadoras, hornos o equipos no lineales deberá reevaluarse antes de conectarse.

14.5. Si persisten problemas de armónicos, desbalance, factor de potencia, microcortes, transitorios, neutro, puesta a tierra o interrupciones, podrá requerirse un estudio específico y equipos complementarios.

14.6. La presencia de variaciones fuera del rango de regulación, desconexiones por protección o lecturas distintas entre fases no implica automáticamente defecto del equipo.

15. GARANTÍA DE LOS ACONDICIONADORES

15.1. Los Acondicionadores de voltaje marca Vogar contarán con la garantía comercial otorgada por el fabricante, conforme a la carta o certificado particular expedido para el equipo, la cotización, factura, placa de datos, número de serie y demás documentación entregada.

15.2. Salvo condición distinta expresamente indicada en la carta o certificado particular, la garantía tendrá una vigencia de tres años contados a partir de la fecha de compra.

15.3. La garantía deberá corresponder al comprador, modelo y número de serie del Acondicionador suministrado. El comprador deberá conservar la factura, carta o certificado de garantía, placa de datos y demás documentos necesarios para identificar el equipo.

15.4. La garantía cubrirá exclusivamente defectos comprobables atribuibles a materiales, componentes o mano de obra del fabricante, durante el uso normal del equipo y siempre que éste haya sido seleccionado, transportado, instalado, conectado, operado y conservado de acuerdo con sus especificaciones.

15.5. La garantía estará sujeta, entre otras, a las siguientes condiciones obligatorias:

a) No abrir, manipular, desarmar, modificar, reparar ni intervenir el interior o cualquiera de las partes del Acondicionador sin autorización previa y escrita de Vogar o DIEM.

b) Mantener el equipo instalado en interiores, en un lugar seco, ventilado y protegido de lluvia, agua, condensación, humedad, filtraciones y ambientes húmedos.

c) Evitar golpes, caídas, impactos, deformaciones, maniobras inadecuadas o daños físicos en el gabinete y sus componentes.

d) Conectar el equipo utilizando todos los conductores requeridos por su configuración, incluyendo las fases, el neutro y la tierra física señalados en la ficha técnica, placa de datos y diagrama de conexiones.

e) Operar el equipo dentro de su capacidad, tensión, frecuencia, temperatura y demás condiciones nominales.

f) Contar con conductores, protecciones, puesta a tierra, ventilación y condiciones de instalación adecuadas.

15.6. La ausencia, interrupción, conexión incorrecta o deficiencia del neutro o de la tierra física podrá provocar funcionamiento incorrecto, daños al equipo y la improcedencia de la garantía.

15.7. Para los modelos que requieran tres fases, neutro y tierra física, todos los conductores deberán encontrarse correctamente instalados y conectados. No deberá energizarse el equipo omitiendo el neutro, la tierra física o alguna de las fases indicadas.

15.8. Cuando la cotización, carta de garantía o instrucción del fabricante establezca que el arranque y ajuste deberá efectuarse por un técnico certificado Vogar o por un eléctrico especialista, el comprador deberá cumplir dicha condición y conservar evidencia de la instalación y puesta en operación.

15.9. El arranque o ajuste no sustituye la correcta ejecución de la instalación eléctrica ni implica que Vogar o DIEM hayan diseñado, revisado o aprobado integralmente las protecciones, conductores, sistema de puesta a tierra, calidad de energía o proyecto del comprador.

15.10. DIEM recibirá y canalizará las solicitudes de garantía ante Vogar. La recepción del reporte no constituirá aceptación automática de la reclamación ni sustituirá el diagnóstico técnico del fabricante.

15.11. Para iniciar una reclamación, el comprador deberá proporcionar, cuando sea solicitado:

a) Cotización, pedido o factura.

b) Carta o certificado de garantía.

c) Modelo y número de serie.

d) Fotografía de la placa de datos.

e) Fecha de recepción, instalación y energización.

f) Descripción detallada de la falla.

g) Fotografías y videos del equipo y de la instalación.

h) Diagrama de conexión.

i) Datos de las protecciones, conductores, neutro y tierra física.

j) Mediciones de tensión de entrada y salida y corriente por fase.

k) Información de las cargas conectadas.

l) Datos del instalador o responsable técnico.

m) Evidencia del arranque y ajuste, cuando resulte aplicable.

15.12. Cuando se detecte una posible falla, golpe, calentamiento, olor anormal, ruido, humedad, desconexión repetitiva o comportamiento inseguro, el comprador deberá suspender la operación y reportarlo inmediatamente. No deberá continuar energizando el equipo cuando ello pueda agravar el daño o representar un riesgo.

15.13. Después de reportar una posible falla, el comprador no deberá abrir, desarmar, retirar componentes, modificar conexiones internas, reparar, sustituir piezas ni desechar evidencia sin autorización escrita de Vogar o DIEM.

15.14. Vogar podrá solicitar inspección, pruebas, mediciones, fotografías, revisión de la instalación, traslado del equipo a sus instalaciones o cualquier información razonablemente necesaria para determinar la causa y procedencia de la reclamación.

15.15. Cuando Vogar determine que existe un defecto cubierto, podrá, según corresponda, reparar el equipo, sustituir componentes, corregir el defecto, reemplazarlo por otro equivalente o aplicar la solución técnicamente procedente.

15.16. Salvo aceptación expresa de Vogar, DIEM o disposición legal aplicable, la garantía no incluirá:

a) Desinstalación o reinstalación.

b) Desconexión o reconexión.

c) Maniobras, grúa, montacargas o traslado interior.

d) Embalaje, fletes o transporte.

e) Viáticos o visitas en sitio.

f) Corrección de la instalación eléctrica.

g) Modificación de protecciones, conductores, neutro o tierra física.

h) Equipos provisionales o renta de sustitutos.

i) Pérdida de producción, ventas, información o ingresos.

j) Lucro cesante, paros, penalizaciones o daños indirectos y consecuenciales.

15.17. La garantía podrá resultar improcedente cuando el daño o falla derive de:

a) Manipulación, apertura, reparación o modificación no autorizada.

b) Golpes, caídas, impactos, deformaciones o daños físicos.

c) Humedad, agua, lluvia, condensación, filtraciones o instalación a la intemperie.

d) Instalación en exteriores o en ambiente distinto del permitido por el gabinete NEMA 1.

e) Falta, interrupción, conexión incorrecta o deficiencia del neutro.

f) Falta o deficiencia de la tierra física.

g) Omisión o conexión incorrecta de fases o conductores.

h) Tensión, frecuencia o configuración distintas de las indicadas en la placa.

i) Sobrecarga o selección insuficiente de capacidad.

j) Cortocircuitos, fallas externas, descargas atmosféricas o sobretensiones fuera de especificación.

k) Protecciones inadecuadas o inexistentes.

l) Conexiones flojas, torque incorrecto o conductores incompatibles.

m) Ventilación insuficiente o temperatura fuera del rango permitido.

n) Polvo excesivo, salinidad, corrosión, agentes químicos o ambientes agresivos.

o) Transporte, descarga, maniobras o almacenamiento inadecuados.

p) Falta de mantenimiento.

q) Uso distinto, operación fuera de especificaciones o intervención de terceros.

15.18. La existencia de una desconexión por alto o bajo voltaje, activación de una protección o permanencia fuera de servicio cuando la red se encuentre fuera del rango de operación no constituirá automáticamente un defecto cubierto.

15.19. Cuando el diagnóstico determine que la falla no está cubierta, el comprador deberá cubrir los gastos de revisión, diagnóstico, pruebas, reparación, refacciones, embalaje, fletes, maniobras, viáticos, reinstalación y demás conceptos generados.

15.20. La garantía de fabricación no cubrirá daños de transporte, descarga o maniobra que no hayan sido reportados oportunamente conforme a la sección de recepción e inspección.

15.21. DIEM apoyará razonablemente en la recepción del reporte, integración de la información, canalización ante Vogar y comunicación de instrucciones. DIEM no estará obligada a sustituir inmediatamente el equipo, proporcionar uno provisional ni asumir la procedencia de la reclamación antes del dictamen del fabricante.

15.22. La garantía comercial no limitará los derechos irrenunciables que legalmente correspondan al comprador ni eximirá a DIEM cuando el equipo entregado sea distinto del expresamente ofrecido o exista un incumplimiento directamente atribuible a ella.

16. CANCELACIONES, CAMBIOS Y DEVOLUCIONES

16.1. Toda solicitud deberá presentarse por escrito e identificar cotización, partida, modelo, motivo y solución solicitada.

16.2. Los Acondicionadores se fabrican o configuran conforme a capacidad, tensión y características del pedido. Una vez confirmado el pedido o iniciado el proceso, no procederá cancelación, cambio o devolución por decisión del comprador, salvo aceptación escrita de DIEM y Vogar.

16.3. Cuando una cancelación pueda aceptarse antes de iniciar fabricación, estará sujeta al pago de gastos, comisiones, materiales, compromisos no recuperables y un cargo administrativo que DIEM informará por escrito.

16.4. Los equipos de tensión especial, configuración particular, fabricación iniciada, terminados, instalados, energizados, modificados o que no puedan reincorporarse a inventario no serán cancelables ni retornables por conveniencia.

16.5. Cualquier cambio técnico podrá modificar precio, plazo, gabinete, dimensiones, corriente y disponibilidad, y sólo será válido cuando se confirme por escrito.

16.6. No se aceptarán devoluciones sin autorización previa. Cuando excepcionalmente procedan, el equipo deberá estar completo, sin instalar ni energizar, sin daños, con accesorios, documentos, placa, etiquetas y embalaje adecuado.

16.7. Estas restricciones no impedirán reclamaciones por garantía, entrega distinta de lo confirmado o incumplimiento atribuible a DIEM.

17. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

17.1. DIEM será responsable de suministrar los equipos y servicios conforme a las partidas y condiciones aceptadas.

17.2. DIEM no será responsable por daños, fallas, retrasos o costos derivados de información incorrecta, selección del comprador, instalación deficiente, sobrecarga, operación fuera de especificaciones, protecciones inadecuadas, neutro o tierra deficientes, armónicos, ambiente no informado, mantenimiento, maniobras, transporte posterior o actos de terceros.

17.3. Las recomendaciones técnicas serán orientativas y comerciales; sólo existirá responsabilidad por proyecto o cálculo integral cuando se haya contratado expresamente.

17.4. Salvo dolo, culpa grave, incumplimiento directamente atribuible a DIEM o disposición legal en contrario, DIEM no responderá por pérdida de producción, ventas, datos, ingresos, paros, penalizaciones de terceros, renta de equipos provisionales, daños indirectos, incidentales o consecuenciales.

17.5. Cuando legalmente proceda limitar la responsabilidad, ésta no excederá el importe efectivamente pagado por la partida directamente relacionada con la reclamación.

17.6. Estas limitaciones no afectarán derechos irrenunciables, obligaciones expresamente asumidas, entrega de equipo distinto ni garantías procedentes.

18. CASO FORTUITO, NOTIFICACIONES Y PRELACIÓN

18.1. Ninguna parte será responsable por retrasos causados por acontecimientos fuera de su control razonable, incluyendo desastres naturales, incendios, inundaciones, emergencias sanitarias, actos de autoridad, huelgas, bloqueos, interrupciones de transporte, escasez extraordinaria, suspensión de fabricantes o proveedores y fallas generalizadas.

18.2. Los plazos se ampliarán durante el tiempo razonablemente necesario para superar los efectos y reprogramar fabricación, transporte o servicio.

18.3. Las comunicaciones relacionadas con pedido, pagos, especificaciones, entrega, garantía o modificaciones podrán realizarse por correo electrónico, WhatsApp, mensajes de datos, orden de compra o documento electrónico.

18.4. El comprador deberá mantener actualizados contactos, domicilio, datos fiscales y datos de entrega.

18.5. Las comunicaciones verbales no modificarán la cotización mientras no sean confirmadas por escrito por un representante autorizado de DIEM.

18.6. La cotización, partidas, notas, fichas técnicas, anexos, aprobaciones escritas y estos términos conformarán el acuerdo aplicable.

18.7. En caso de discrepancia, el orden de prelación será: convenio modificatorio aceptado; condiciones particulares de la cotización; partidas, notas, fichas y anexos; aprobaciones técnicas; estos términos; orden de compra únicamente respecto de lo aceptado por DIEM; y materiales comerciales.

18.8. La invalidez de alguna cláusula no afectará la validez de las demás, y la falta de ejercicio de un derecho no constituirá renuncia.

19. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

19.1. La cotización y estos términos se regirán por las leyes aplicables de los Estados Unidos Mexicanos.

19.2. Las partes procurarán resolver de buena fe cualquier diferencia mediante comunicación directa y negociación.

19.3. Cuando la operación se celebre entre comerciantes, empresas o personas que adquieran el equipo para actividad empresarial, comercial, industrial o profesional, las partes se someten a los tribunales competentes de León, Guanajuato, renunciando a cualquier otro fuero.

19.4. Cuando resulte aplicable la legislación de protección al consumidor, el comprador conservará los derechos y autoridades competentes que legalmente correspondan.

20. DATOS BANCARIOS Y PREVENCIÓN DE FRAUDE

Banco

BBVA México

Número de cuenta

0124583620

CLABE interbancaria

012225001245836209

Beneficiario

Diseño e Instalaciones Eléctricas y Metálicas, S.A. de C.V.

20.1. Los pagos deberán realizarse exclusivamente a las cuentas oficiales indicadas en la cotización, factura o comunicación corporativa de DIEM.

20.2. DIEM no solicitará pagos a cuentas personales, salvo autorización corporativa expresa, escrita y verificable.

20.3. El comprador deberá confirmar directamente con DIEM cualquier cambio de banco, cuenta, CLABE, beneficiario o instrucciones de transferencia.

20.4. El comprobante no sustituirá la confirmación de acreditación de recursos.

20.5. El comprador deberá utilizar como referencia el número de cotización, pedido o factura.

20.6. DIEM no será responsable por pagos realizados a terceros o cuentas distintas que no hayan sido verificadas, salvo hecho directamente atribuible a DIEM.

21. ACEPTACIÓN FINAL

21.1. El comprador declara que, antes de aceptar, recibió y revisó modelo, capacidad, tensión, fases, neutro, conexión, precio, impuestos, pago, plazo, fabricación, envío, recepción, maniobra, instalación, arranque, garantía, cancelaciones, almacenaje y limitaciones del Acondicionador.

21.2. La aceptación podrá manifestarse por firma, orden de compra, confirmación escrita, pago total o parcial, aprobación de ficha o instrucción de iniciar fabricación.

21.3. La persona que acepte declara contar con facultades suficientes para obligar al comprador.

21.4. El comprador reconoce que las recomendaciones de DIEM se basan en la información proporcionada y no sustituyen proyecto eléctrico o estudio de calidad de energía, salvo contratación expresa.

21.5. El comprador reconoce que los equipos fabricados o configurados conforme a su tensión, capacidad o requisitos pueden no ser cancelables, modificables o retornables una vez iniciado el proceso.

21.6. El comprador reconoce que el Acondicionador regula tensión dentro de su rango, pero no corrige necesariamente armónicos, factor de potencia, interrupciones, neutro deficiente, desbalance severo ni todos los problemas de calidad de energía.

21.7. La aceptación no implica renuncia a los derechos legales de ninguna de las partes.

21.8. Estos términos forman parte integrante de la cotización y deberán interpretarse conjuntamente con sus partidas, notas, fichas y anexos.

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